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Contratos · Plantilla

Acuerdo de Confidencialidad (NDA)

Crea un acuerdo de confidencialidad (NDA) para proteger la información que compartes en una colaboración, negociación o proyecto. Define las partes, qué es confidencial y cuánto dura la obligación; descarga el PDF listo para firmar — gratis y en minutos.

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
En Madrid, a 15 de junio de 2026
REUNIDOS

De una parte, Innova Soluciones S.L., con NIF/CIF B-12345678 y domicilio en Calle Gran Vía 30, 28013 Madrid (la PARTE A).

De otra parte, Ana Ruiz Soler, con NIF/CIF 12.345.678-Z y domicilio en Calle Mayor 10, 28013 Madrid (la PARTE B).

Que en el marco de la evaluación de una posible colaboración para el desarrollo de un proyecto de software las partes intercambiarán información confidencial y desean regular su protección, acordando las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto. El presente acuerdo regula la confidencialidad de la información que las partes se revelen, de forma recíproca, en el marco de la relación descrita.

SEGUNDA. Información confidencial. Se considera confidencial toda información técnica, comercial, financiera o de cualquier naturaleza, en cualquier soporte, que una parte revele a la otra y que se identifique como confidencial o que, por su naturaleza, deba considerarse tal. Quedan excluidas la información de dominio público, la ya conocida lícitamente con anterioridad y la que deba revelarse por imperativo legal o judicial.

TERCERA. Obligaciones. Las partes se obligan a mantener la información en secreto, a no divulgarla a terceros sin autorización y a utilizarla únicamente para la finalidad pactada, adoptando las medidas de protección propias de un secreto empresarial (Ley 1/2019).

CUARTA. Duración. Las obligaciones de confidencialidad serán de aplicación durante la vigencia de la relación y se mantendrán durante 3 años tras su finalización.

QUINTA. Devolución. A la finalización de la relación o a requerimiento de la otra parte, cada parte devolverá o destruirá la información confidencial recibida y sus copias.

SEXTA. Incumplimiento. El incumplimiento de este acuerdo facultará a la parte perjudicada para exigir la responsabilidad por los daños y perjuicios causados, conforme a la Ley 1/2019 de secretos empresariales y al Código Civil.

SÉPTIMA. Legislación aplicable. El presente acuerdo se rige por la legislación española. Las partes se someten a los juzgados y tribunales que legalmente correspondan.


Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo por duplicado, en el lugar y fecha indicados.

LA PARTE A
Fdo.: Innova Soluciones S.L.
LA PARTE B
Fdo.: Ana Ruiz Soler

Cómo funciona

1
Elige la plantilla

Empieza desde este modelo de acuerdo de confidencialidad.

2
Personaliza con IA

Rellena los campos o pide cambios al copiloto.

3
Descarga y firma

Genera el PDF y fírmalo con la otra parte.

Por qué usar esta plantilla

Protege tu información

Define qué es confidencial y cómo se usa.

Mutuo (bilateral)

Obliga a ambas partes por igual.

Conforme a la Ley 1/2019

Basado en la Ley de secretos empresariales.

Descargable en PDF

Listo para firmar por ambas partes.

Generado con IA

Describe el contexto y lo rellenamos por ti.

Pensado para España

Código Civil + Ley 1/2019.

Qué incluye el acuerdo

Datos de ambas partes
Contexto en el que se comparte la información
Definición de información confidencial y exclusiones
Obligaciones de secreto y no divulgación
Duración de la obligación tras finalizar
Devolución o destrucción de la información
Consecuencias del incumplimiento (Ley 1/2019)
Lugar, fecha y firma de las partes
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
En Madrid, a 15 de junio de 2026
REUNIDOS

De una parte, Innova Soluciones S.L., con NIF/CIF B-12345678 y domicilio en Calle Gran Vía 30, 28013 Madrid (la PARTE A).

De otra parte, Ana Ruiz Soler, con NIF/CIF 12.345.678-Z y domicilio en Calle Mayor 10, 28013 Madrid (la PARTE B).

Que en el marco de la evaluación de una posible colaboración para el desarrollo de un proyecto de software las partes intercambiarán información confidencial y desean regular su protección, acordando las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto. El presente acuerdo regula la confidencialidad de la información que las partes se revelen, de forma recíproca, en el marco de la relación descrita.

SEGUNDA. Información confidencial. Se considera confidencial toda información técnica, comercial, financiera o de cualquier naturaleza, en cualquier soporte, que una parte revele a la otra y que se identifique como confidencial o que, por su naturaleza, deba considerarse tal. Quedan excluidas la información de dominio público, la ya conocida lícitamente con anterioridad y la que deba revelarse por imperativo legal o judicial.

TERCERA. Obligaciones. Las partes se obligan a mantener la información en secreto, a no divulgarla a terceros sin autorización y a utilizarla únicamente para la finalidad pactada, adoptando las medidas de protección propias de un secreto empresarial (Ley 1/2019).

CUARTA. Duración. Las obligaciones de confidencialidad serán de aplicación durante la vigencia de la relación y se mantendrán durante 3 años tras su finalización.

QUINTA. Devolución. A la finalización de la relación o a requerimiento de la otra parte, cada parte devolverá o destruirá la información confidencial recibida y sus copias.

SEXTA. Incumplimiento. El incumplimiento de este acuerdo facultará a la parte perjudicada para exigir la responsabilidad por los daños y perjuicios causados, conforme a la Ley 1/2019 de secretos empresariales y al Código Civil.

SÉPTIMA. Legislación aplicable. El presente acuerdo se rige por la legislación española. Las partes se someten a los juzgados y tribunales que legalmente correspondan.


Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo por duplicado, en el lugar y fecha indicados.

LA PARTE A
Fdo.: Innova Soluciones S.L.
LA PARTE B
Fdo.: Ana Ruiz Soler

Preguntas frecuentes

¿Es gratis?

Sí, totalmente gratis y sin registro. Rellena, personaliza y descarga el acuerdo en PDF sin crear ninguna cuenta.

¿Qué protege un NDA?

La información confidencial que las partes se revelan: técnica, comercial, financiera o de cualquier tipo. Quedan fuera la información pública, la ya conocida lícitamente y la que deba revelarse por ley.

¿Cuánto debe durar la confidencialidad?

Suele mantenerse durante la relación y un periodo posterior (por ejemplo, 2 o 3 años). Tú fijas la duración en la plantilla.

¿Qué pasa si se incumple?

La parte perjudicada puede reclamar los daños y perjuicios conforme a la Ley 1/2019 de secretos empresariales y al Código Civil.

¿Sirve para toda España?

Sí. Se basa en el Código Civil y la Ley 1/2019, de ámbito estatal.

Esta plantilla se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal ni profesional. Para casos específicos, consulta con un profesional cualificado.

Redactado por: Thorben Rasmus IdelRevisado por: Nahar GevaActualizado · 2026-06-13

Fuentes: Código Civil (art. 1255, libertad de pactos); Ley 1/2019, de 20 de febrero, de secretos empresariales.