Monto y concepto
Quién recibe y quién paga
Forma de pago
Alcance: total, abono, período e intereses
Lugar y fecha
En Ciudad de México, a 11 de julio de 2026, RECIBÍ de Carlos Alberto Ramírez Torres la cantidad de $5,000 (cinco mil pesos 00/100 M.N.).
Concepto. La cantidad recibida corresponde al siguiente concepto: abono al préstamo personal que el pagador recibió el 15 de enero de 2026.
Forma de pago. La cantidad se recibió mediante transferencia electrónica de fondos, con referencia SPEI 40012345678901234567.
Alcance del pago. La cantidad recibida se aplica como abono parcial al adeudo correspondiente al concepto indicado, quedando un saldo pendiente de $10,000 a la fecha de este recibo. Quien recibe conviene expresamente en la recepción de este pago parcial (artículo 2078 del Código Civil Federal y sus correlativos estatales, conforme a los cuales el pago no puede hacerse parcialmente sino en virtud de convenio expreso o de disposición de ley), sin que ello implique novación, espera ni renuncia a exigir el saldo insoluto.
Pago periódico. Este recibo corresponde al período mensualidad 3 de 12 (julio de 2026). Tratándose de prestaciones que deben satisfacerse en períodos determinados, acreditado por escrito el pago del último período se presumen pagados los anteriores, salvo prueba en contrario (artículo 2089 del Código Civil Federal y sus correlativos estatales); se recomienda conservar el recibo de cada período.
Reserva de intereses. Quien recibe hace reserva expresa de los intereses (réditos) devengados y no pagados, que subsisten y podrán exigirse por separado. Esta reserva se hace constar porque, conforme al artículo 2090 del Código Civil Federal y sus correlativos estatales, cuando se paga el capital sin hacerse reserva de réditos, se presume que éstos están pagados.
Valor probatorio. Quien paga tiene derecho de exigir el documento que acredite el pago y puede detener éste mientras no le sea entregado (artículo 2088 del Código Civil Federal y sus correlativos en los códigos civiles de las entidades federativas). Este recibo es un documento privado que acredita la entrega y recepción de la cantidad indicada; no requiere testigos ni notario. No es un comprobante fiscal: si la operación debe producir efectos fiscales (deducción o acreditamiento), deberá expedirse además el CFDI que corresponda conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.
Nombre y domicilio de quien recibe: María Fernanda López Cruz, con domicilio en Calle Amores 340, Col. Del Valle Centro, C.P. 03100, Ciudad de México.
Monto y concepto
Cuánto se recibió, en número y en letra, y por qué concepto.