Vendedor y comprador
El vehículo
Precio y estado
Lugar y firma
De una parte, D./Dña. María García López, mayor de edad, con DNI/NIF 12.345.678-Z y domicilio en Calle Mayor 10, 28013 Madrid, en adelante el VENDEDOR.
De otra parte, D./Dña. Juan Pérez Martín, mayor de edad, con DNI/NIF 87.654.321-X y domicilio en Av. de América 25, 28028 Madrid, en adelante el COMPRADOR.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para contratar y, a tal efecto,
I. Que el VENDEDOR es propietario del vehículo marca y modelo SEAT León 1.5 TSI, con matrícula 1234 ABC, número de bastidor VSSZZZ5FZJR012345, 85000 km, fecha de primera matriculación 15 de abril de 2019 y la ITV en vigor hasta 15 de abril de 2027.
II. Que el COMPRADOR está interesado en adquirir dicho vehículo, lo que llevan a cabo con arreglo a las siguientes
PRIMERA. Objeto. El VENDEDOR vende y el COMPRADOR compra el vehículo descrito, que se transmite como cuerpo cierto y en el estado de uso y conservación en que se encuentra, que el COMPRADOR declara conocer y aceptar. Se hacen constar las siguientes observaciones sobre su estado: Pequeños arañazos en el paragolpes trasero; mantenimiento al día..
SEGUNDA. Precio y pago. El precio de la compraventa se fija en 12.500 €, que el COMPRADOR abona al VENDEDOR mediante transferencia bancaria, sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de pago.
TERCERA. Entrega. El VENDEDOR hace entrega en este acto del vehículo, de su documentación (permiso de circulación y ficha técnica/tarjeta de ITV) y de las llaves.
CUARTA. Cargas y responsabilidad. El VENDEDOR declara que el vehículo se encuentra libre de cargas, gravámenes y reservas de dominio, y al corriente en el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Las multas, sanciones e impuestos devengados con posterioridad a la entrega serán de cuenta del COMPRADOR.
QUINTA. Cambio de titularidad. El COMPRADOR se obliga a solicitar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico (DGT) y a liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en el plazo de 30 días. El VENDEDOR comunicará la venta a la DGT dentro de los 10 días siguientes a fin de quedar liberado de responsabilidad.
SEXTA. Régimen aplicable. En lo no previsto en el presente contrato, se estará a lo dispuesto en los artículos 1445 y siguientes del Código Civil sobre el contrato de compraventa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados.
Vendedor y comprador
¿Quién vende y quién compra? Datos y DNI/NIF de ambos.